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El 70% de los españoles cree conocer sus derechos como pasajero

julio 12, 2019 · Aegve

El 70% de los españoles asegura estar al corriente sobre sus derechos como pasajeros aéreos –un 10% «muy bien informado» y un 60% «bien informado»–, según una encuesta realizada por ViajerosPiratas junto a Flightright.

Este estudio, realizado entre 6.636 participantes europeos, de los que 1.001 son españoles, tiene la intención de conocer en qué medida los pasajeros saben cuáles son sus derechos en el caso de que el vuelo sufra un imprevisto.

Aunque por norma general los encuestados afirmaron que sus vuelos salían siempre o casi siempre a su hora –15% «siempre a su hora» y 65% «casi siempre a su hora»–, existen retrasos, cancelaciones y ‘overbooking’ que causan problemas ante los cuáles el viajero debe reaccionar.

Sin embargo, la encuesta muestra que sólo un 23% de los encuestados ha solicitado alguna vez un reembolso o compensación; entre ellos, solo un 31% recibió la compensación o reembolso solicitado.

Cualquier pasajero despegando de la Unión Europea goza de protección en el caso de un retraso en su vuelo, independientemente de la compañía aérea; si, además, la compañía que lo opera tiene su sede en la UE, cualquier vuelo intercontinental estaría cubierto.

DERECHOS DE LOS PASAJEROS.

A partir de las dos horas de retraso, los pasajeros tienen derecho a recibir asistencia por parte de la compañía aérea. Uno de estos servicios de asistencia es la provisión de bebidas y alimentos a los pasajeros afectados, algo de lo que solo el 25% de quienes respondieron era perfectamente consciente. A partir de las tres horas, pueden tener derecho a una compensación económica, un derecho que el 70% de los pasajeros encuestados afirma conocer.

La indemnización por el retraso de vuelo varía entre 250 y 600 euros por pasajero, siempre que la aerolínea sea la responsable. Lo que un 97% de los encuestados no sabía es que los pasajeros afectados por dicho retraso tienen hasta 5 años para reclamar dicha compensación.

Por otro lado, el 53% no sabía que, realizando un viaje de trabajo, si su vuelo se retrasa o cancela el pasajero es quien recibe la indemnización, independientemente de quién haya pagado el billete. Esto se debe a que la compensación se basa en el inconveniente de esperar en el aeropuerto y «sufrir» la demora, por lo que el reclamo es de naturaleza personal.

RESPONSABILIDAD DE LA AEROLÍNEA

Además, existen una serie de obligaciones que las aerolíneas debe cumplir, como advertir al pasajero con 14 días de antelación si la cancelación se ha programado con anterioridad, tal y como manifiesta saber un 41% de los sondeados.

Si los viajeros fuesen informados de la cancelación del vuelo menos de 14 días antes de la salida, tendrían derecho a una indemnización compensatoria de entre 250 y 600 euros por persona, dependiendo de la distancia del vuelo.

En el caso de que un vuelo se adelante, se considera igual que una cancelación y, como tal, el viajero podría tener derecho a una indemnización, sin importar el precio de su billete original o si este fue comprado como parte de un paquete vacacional.

No obstante, no todo es responsabilidad de la aerolínea. Para poder reclamar es necesario haber realizado el ‘check-in’ a tiempo, algo de lo que el 55% aseguró saber. Además, para poder realizar una reclamación, también es necesario presentarse en la puerta de embarque en el horario indicado.

CIRCUNSTANCIAS EXTRAORDINARIAS.

Conforme al Reglamento Europeo sobre los derechos de los pasajeros aéreos, si la aerolínea no es responsable del retraso o cancelación de vuelo, entonces no está obligada a indemnizar a los pasajeros. Este es el caso de las llamadas ‘circunstancias extraordinarias’ que eximen a la compañía del pago de cualquier compensación.

El cierre del aeropuerto, la restricción del espacio aéreo, las huelgas ajenas a la compañía aérea, las colisiones de aves con el motor del avión o las condiciones climáticas extremas son circunstancias consideradas extraordinarias.

Sin embargo, cuando se demuestra que la aerolínea podría haber evitado el problema tomando las medidas apropiadas y razonables, como es el caso de las denominadas huelgas salvajes o de personal de la aerolínea, es posible reclamar una indemnización. Otro ejemplo podría ser la cancelación del vuelo por enfermedad del piloto, circunstancia ante la cual el 90% aseguró saber que el pasajero sí tendría derecho a una indemnización.

 

Fuente: europapress.es

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